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Diputados debaten proyectos de leyes del ámbito jurídico cubano

Diputados debaten proyectos de leyes del ámbito jurídico cubano

La Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) debate este lunes cuatro importantes proyectos de leyes relativos al proceso penal, los procesos administrativos, el Código de Procesos y de los Tribunales de Justicia, que dan paso “a una profunda reforma judicial y procesal en el ámbito de la justicia cubana”.

Con la presencia del presidente cubano Miguel Díaz-Canel Bermúdez, los diputados se reúnen de manera semipresencial, en el Palacio de la Revolución de La Habana, como parte de las actividades previas al Séptimo Periodo Ordinario de Sesiones, de la IX Legislatura del Parlamento.

Los legisladores analizan los cuatro documentos presentados por el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, en uso del ejercicio de la iniciativa legislativa y en cumplimiento de la Disposición Transitoria Décima de la Constitución:

  • Proceso Penal
  • Código de Procesos
  • Proceso Administrativo
  • Tribunales de Justicia

El presidente del Tribunal Supremo Popular (TSP), Rubén Remigio Ferro, recordó que los proyectos han sido estudiados en varios momentos por los diputados, de conjunto con juristas y profesores universitarios.

Ha sido, dijo, una amplia consulta que contó con la participación de la población. Se recibieron criterios y propuestas de organismos del sector jurídico, universidades y otras instituciones: 3 295 criterios sobre los distintos proyectos, 2 846 propuestas y de esas fueron aceptadas 1 860 que constituyen el 66%. 

Sobre el proyecto de ley de Tribunales de Justicia, se recibieron 26 criterios de los diputados, con 25 propuestas, de las cuales fueron aceptadas 15 y 10 se consideraron improcedentes, mientras la población hizo llegar 19 propuestas.

Remigio Ferro resumió que se modificaron 42 artículos y siete de ellos contienen cambios sustanciales. Alguno de los cambios: 

  • Se reforzó el principio de actuación colegiada de los tribunales, y se definen con mayor claridad los casos para los que se prevé la intervención de un solo juez profesional. 
  • Se define con mayor precisión las funciones del Consejo de Gobierno y de los presidentes de los tribunales. 
  • Se incorporan las funciones del presidente de sección de los tribunales municipales.
  • Como consecuencia de la situación de algunos tribunales en la dotación de jueces legos, se ha solicitado al presidente de la Asamblea convocar a elecciones parciales de estos en las asambleas municipales del Poder Popular de 61 municipios del país. 

Remigio Ferro comentó que el Tribunal Supremo Popular propuso modificar las disposiciones finales en el sentido de poner en vigor la ley el 1ro de enero de 2022. 

De igual modo, facultar al Consejo de Gobierno del TSP para emitir las disposiciones necesarias, a fin de implementar la ley y garantizar su efectiva aplicación por los tribunales. 

El diputado Ariel Mantecón, por Matanzas, pidió se esclareciera lo estipulado en el artículo 13, sobre las facultades de los tribunales en cuanto a los “actos” que restrinjan o menoscaben lo establecido en la Carta Magna. Al respecto, Remigio Ferro explicó que los jueces no tienen facultades para revisar los actos de otros, sino cuando se trata, por ejemplo, de una actuación discriminatoria de una autoridad, o en caso de que se violen los derechos constitucionales en los procesos que son de conocimiento de los tribunales.

Por otra parte, Martha Mesa Valenciano, por Santiago de Cuba, destacó la importancia de que el pueblo participe en el sistema de justicia mediante la actuación de los jueces legos. 

Una tarea pendiente, comentó el presidente del TSP, es el perfeccionamiento de esta figura, que constituye “una forma democrática de participación de la ciudadanía, de control popular, que aporta transparencia”.

En un segundo momento de esta mañana, los diputados analizaron el proyecto ley del Proceso Penal, que recibió 68 criterios de los legisladores, 62 fueron propuestas y se aceptaron 56. 

De la consulta realizada también entre juristas, profesores y académicos, se recibieron 2 067 opiniones, con 1 802 propuestas, de las cuales fueron aceptadas 1 159.

En cuanto a criterios de la población se recibieron 34 propuestas, de las cuales se efectuaron cuatro. 

Se modificaron 221 artículos, 18 de ellos con cambios sustanciales. Las principales modificaciones son:

  • Ampliar para los menores de 18 años de edad el derecho a designar abogado o contar con uno de oficio desde que se instruya de cargo si está en libertad.
  • Se incorpora la definición del defensor (abogado) como sujeto procesal y sus requisitos.
  • Se excluye la aplicación de criterios de oportunidad por el fiscal, cuando se trata de funcionarios públicos vinculados a actos de corrupción.
  • Se elimina la obligatoriedad de proceder conforme al criterio de la víctima en los casos en que la ley establece como requisito que sea escuchada su opinión y se le da a esta la posibilidad de recurrir la decisión o de sostener la acción penal particular.

Según el titular del TSP, es novedad el protagonismo que se le da a las víctimas en el proceso penal, lo cual no sucede en la actualidad al no poder proponer pruebas, ni apelar, generando quejas.

Ahora se le otorga el derecho de nombrar abogado, asistir como ayudante del fiscal (coadyuvante) y ejercitar la acción civil o renunciarla. También declarar al inicio del juicio para poder observar la práctica de la prueba y establecer recursos contra las decisiones que le afecten.

  • Se incorpora dentro de las medidas cautelares la obligación de dar alimentos (pasar una pensión, por ejemplo), cuando corresponda, a favor de las personas menores de edad u otras en situación de discapacidad.
  • Se modifica la denominación de atestado “directo” por “abreviado” y se refuerza el derecho a la defensa.
  • Se amplía a 15 días el plazo para la investigación y presentación del expediente al tribunal.
  • Se extiende el plazo para la celebración del juicio oral y se establece que entre la citación y la celebración de juicio, deben mediar al menos cinco días.
  • Se armonizan los preceptos del proyecto que guardan relación con contenidos previstos en el anteproyecto del Código de las Familias.
  • A partir del consenso logrado, se propone modificar las disposiciones finales en el sentido de poner en vigor la ley el 1ro de enero de 2022.
  • Facultar al Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular para emitir las disposiciones necesarias a fin de implementar la ley y garantizar su efectiva aplicación por los tribunales.

En el Séptimo Periodo Ordinario de Sesiones del Parlamento cubano se analizará también la marcha de la economía en el primer semestre del año 2021, el informe de la liquidación del presupuesto del Estado del 2020, los resultados que alcanza la Tarea Ordenamiento y la actualización de los aportes de la ciencia en el enfrentamiento a la COVID-19.

Asimismo, los diputados examinarán los resultados de la alta fiscalización al Ministerio de la Construcción, los documentos aprobados en el 8vo. Congreso del Partido —informe sobre la actualización de la implementación de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, y la presentación de la Actualización de la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista—, así como los acuerdos y decretos-leyes emitidos por el Consejo de Estado.

Vea además:

Remigio Ferro: Se está produciendo una profunda reforma judicial y procesal en el ámbito de la justicia cubana

La próxima semana, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) analizará cuatro importantes proyectos de leyes relativos al proceso penal, los procesos administrativos, el Código de Procesos y de los Tribunales de Justicia. Para ampliar sobre este particular, compareció en el programa radio-televisivo Mesa Redonda el presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro.

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