Guantánamo.- Con el objetivo de agilizar las prestaciones de servicios a la población, en ambas materias, están en vigor desde inicios del presente año, diversas modificaciones a los procedimientos legales establecidos.
Las Resoluciones 249, 250 y 251 del Ministerio de Justicia, reducen los términos de trámites de prestación de servicios notariales y registrales a la población, a la vez que regula las desmedidas solicitudes de certificaciones del Registro del Estado Civil, exigidas por algunas entidades estatales y funcionarios públicos.
Por lo mismo, cualquier usuario que actualmente presente el trámite de subsanación de errores tiene hasta cinco días hábiles para que el mismo esté completo, en el sentido de que se le entregue la Resolución dictada por el registrador.
Además se regula que un solo padre puede acudir a realizar la subsanación del asiento de inscripción que corresponde a niños menores de edad. En notarías, todos los trámites recibirán respuesta dentro de los 15 días hábiles, en correspondencia con el tipo de servicio demandado. El cotejo de documento reduce el término de entrega del mismo a 24 horas.
La capacitación del personal técnico, junto a mejoras tecnológicas que optimizan la conectividad constituyen, sin lugar a dudas, claves para el perfeccionamiento de las actividades notariales y registrales, que exigen además, de la exigencia y control de los procesos que llevan consigo el buen trato, la orientación precisa, en otras palabras, la eficacia en los procederes humanos y el estricto cumplimiento de los términos establecidos por las legislaciones.