Demasiado ruido: Espacio público y escuchas privadas

A propósito de las acciones por el “Día Internacional de Concienciación sobre el Ruido”, este 24 de abril, Solvision comparte un artículo alusivo al tema y su impacto a nivel social en Cuba, elaborado por la Doctora en Ciencias sobre Arte, Xiomara Pedroso Gómez.

Lugar: cualquier barrio de Cuba.

Escenario 1: El conductor de un ómnibus urbano regala a los pasajeros una travesía que promete ser inolvidable. Comparte una estentórea lista de hits de morfa, cubatón, reparto y reguetón.

Escenario 2: Un hombre en su casa intenta ver la televisión el máximo de volumen, en medio de una batalla sonora donde varios vecinos se disputan la prevalencia de su música.

Escenario 3: Una madre batalla para que su bebé concilie el sueño a las 11:00 pm.  La cafetería contigua ameniza el ambiente con música que traspasa los umbrales de las casas de la cuadra.

Escenario 4: Una anciana intenta evocar los boleros de Manolo del Valle. Desiste. La voz del cantante se difumina en medio de la invasión sonora de un temido vecino autoerigido emperador-musicalizador que dicta lo que tiene que escuchar el edificio.

Escenario 5, escenario 6, escenarios… ¿Les resulta familiar?

“Tus derechos terminan donde comienzan los míos”. La frase que pervive en el imaginario del cubano, hoy se envaina, sin efecto, a juzgar por el ensordecedor ruido -aquí circunscrito a la contaminación sonora generada por la música- que se sufre en una ciudad como La Habana.

En una espiral social descendente se transita de la transgresión al irrespeto hasta la indisciplina social. Ello signa la conducta de una masa poblacional desmarcada de una cultura ciudadana que permita el avance ordenado de la sociedad. Ante nuestros ojos, mundos paralelos que proyectan, por un lado, la preocupación y la ocupación ante el retroceso cultural, la decadencia moral y social que se observa en crecientes segmentos de la población cubana.

Por el otro, aquellos para los cuales estos asuntos -cuando son conscientes de ellos- son motivo de extrañamiento -real o simulado-, rechazo y burla. Resulta curioso que justamente ciudadanos de este último grupo y que hoy forman parte de la masa migrante cubana, al insertarse en otras geografías, se transfiguran, casi de la noche a la mañana, en modelos ciudadanos, respetuosos de las leyes y alejados de toda práctica disruptiva y transgresora en los espacios públicos ¿La razón?: las consecuencias legales que enfrentan.

Se suma a los ejemplos expuestos, la proliferación en Cuba de iniciativas de negocio privados que en no pocos casos plantean un escenario en el que conviven en desarmonía espacios residenciales y comerciales, afectando el sosiego sonoro necesario y merecido por cada ciudadano. Cada vez es más frecuente contemplar una sufrida actitud de tolerancia antes estos comportamientos, que se generaliza como si se estuviera pagando un pesado fardo kármico.

Varios países dan cuenta de estrictas regulaciones que norman las reglas de convivencia en las comunidades. La violación de lo estipulado no se maneja mediante disputas personales ni incluso el diálogo pacífico (a la usanza cubana, si es que alguien se atreve). El afectado reporta sin complicaciones la indisciplina a la autoridad y esta actúa de manera efectiva para ponerle fin. Dichas normativas van dirigidas en primer lugar a mantener el orden establecido según las legislaciones vigentes, favorecer la convivencia pacífica, proteger el respeto de los derechos de todos y evitar la escalada a hechos de violencia que pueden tener desenlaces impredecibles.

El entorno sonoro forma parte de la calidad de vida de una sociedad, considerando su impacto en la salud y el medio ambiente. Disfrutar del silencio, escuchar en el espacio propio lo que cada cual elija, no es un privilegio. Es un derecho ciudadano. Procurar ese derecho para el otro es también un deber de cada persona y de las autoridades.

La Ley 81/97 dictada por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA), el Decreto Ley 200/99 para Contravenciones en Materia de Medio Ambiente, el Artículo 170 del Código Civil cubano, la Norma NC 26:2012, forman parte de un cuerpo normativo que regula la polución sónica en Cuba (Muñoz Lozano, 2023) (Soler Milanés, 2021).

Sin embargo, ¿de qué sirve un marco legal con fallas evidentes en su implementación y control?  ¿Sin consecuencias que pongan freno definitivo a estas prácticas y a los infractores, cuál es su utilidad? ¿Realmente cada eslabón de la cadena cumple su función para hacer frente a esta problemática?

Se precisa de una toma de conciencia individual y la disciplina derivadas del ejercicio crítico para reconocer y comprender las diferencias entre espacio público y privado, los derechos de cada ciudadano en materia sonora y saber cómo, hasta donde es posible, proteger los propios y respetar los ajenos. La intervención efectiva de las autoridades competentes juega aquí un papel decisivo.

Desatender un tópico quizás irrelevante para algunos en medio de las innumerables dificultades que enfrenta Cuba, alimenta desde el ámbito sonoro una cultura de violencia acústica (también ciudadana y cultural). De esa manera, se transita desde odios y conflictos personales hasta involuciones sociales que tributan a profundizar las grietas del tejido social… y lo peor: lejos de unir, dividen.

Muchas preguntas… Demasiado ruido… ¿Qué hacer?

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