Cuba aplicará nuevas normas para agilizar trámites de inversiones extranjeras

La Gaceta Oficial Extraordinaria No. 38 publica hoy nuevas normas jurídicas relacionadas con la inversión extranjera en Cuba, en aras de hacer más ágiles y flexibles los procesos de presentación y evaluación de los negocios con capital foráneo.

Si algo ha sido cuestionado con mayor o menor intensidad, a todos los niveles, es el ritmo lento de los procesos de presentación y evaluación de los negocios con capital extranjero, resalta el diario Granma.

Las demoras, si bien no el único factor, han lastrado la voluntad de convertir la inversión foránea en elemento activo y fundamental para el desarrollo de determinados sectores de la economía.

El General de Ejército Raúl Castro Ruz, durante la clausura del Octavo Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), en la VIII Legislatura, llamó la atención sobre «las dilaciones excesivas del proceso negociador» y la necesidad de «superar la mentalidad obsoleta llena de prejuicios contra la inversión foránea».

Y más recientemente, el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, volvió a insistir en la necesidad de ser creativos y ágiles a la hora de analizar los negocios.

Las normas que hoy publica la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 38, agrupadas en un Decreto y tres Resoluciones, modifican algunas disposiciones complementarias a la Ley No. 118 de Inversión Extranjera, del 2014, y con ello pretenden dinamizar los procesos de negociación y concreción de los proyectos.

Aunque las adecuaciones que se introducen no tienen un impacto directo en la captación de negocios, sin duda harán más expeditos los trámites, lo cual resultará beneficioso para todos aquellos inversionistas que deseen negociar con Cuba, según explicó a Granma, Déborah Rivas Saavedra, directora general de Inversión Extranjera, del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex).

Las normas, subrayó, no constituyen, per se, la solución a problemas objetivos que limitan hoy el avance de las inversiones con capital foráneo, como el bloqueo económico que siembra la incertidumbre en el empresariado extranjero.

Lo dispuesto en las normativas publicadas este jueves, y que entrarán en vigor a los 30 días de su emisión en la Gaceta, simplifica los pasos que han de seguir los inversionistas durante la etapa de presentación del negocio y reduce el volumen de estudios previos, a veces convertidos en obstáculos.

Pero el mayor empeño, remarcó Déborah Rivas, estriba en la labor diaria para elevar el nivel empresarial, con el propósito de ser cada vez más proactivos en la atracción de capital hacia proyectos de interés para el país, que preserven la soberanía y el patrimonio nacional.

Al remontarse a los antecedentes que dieron lugar a las modificaciones, la directora general de Inversión Extranjera del Mincex resaltó las recomendaciones hechas al Ministerio por la ANPP, sobre la necesidad de revisar y adecuar los procedimientos establecidos para la tramitación efectiva de los procesos de inversión, en particular la inversión extranjera.

Lo hecho, además, resulta coherente con lo suscrito en los Lineamientos aprobados por el 7mo. Congreso del Partido que, a diferencia de los documentos suscritos en la anterior cita partidista, reconocen «la participación del capital extranjero como fuente importante para el desarrollo del país» y como «elemento fundamental en determinados sectores y actividades económicas».

Entre las normas modificadas, dijo, figuran el Decreto No. 325, del 2014, Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera, así como las Resoluciones No. 128 y 129, del 2014, correspondientes al Mincex, las cuales disponían, respectivamente, el Reglamento de la Comisión de evaluación de negocios con inversión extranjera y las Bases Metodológicas para la presentación de oportunidades de inversión y la elaboración de
estudios de pre o factibilidad técnico-económica.

De igual forma, fue actualizada la Resolución No. 16, del 2014, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), sobre el Reglamento del Régimen Laboral de la Inversión Extranjera.

Según Déborah Rivas, el Decreto No. 347, por ejemplo, elimina el estudio de factibilidad como requisito previo para la presentación de oportunidades de negocios, así como la excepcionalidad de la aprobación de nuevos negocios con este tipo de estudio técnico económico.

Ahora, esclareció, se muestra el expediente al Mincex para la evaluación y aprobación del negocio con un estudio de prefactibilidad, que no supone la ingeniería básica del proyecto ni otros requerimientos más complejos.

No es que se elimine este tipo de estudio, acotó, sino que ya deja de ser un requisito para la etapa de presentación de los negocios.

Esta norma puntualiza, además, la aprobación y certificación que realiza el Mincex de los estudios técnico-económicos, previa asesoría de la Comisión de evaluación, compuesta por 16 organismos y entidades.

Otro aspecto importante, añadió, es que se indica, a partir de la entrada en vigor del Decreto, la negociación de los montos iniciales de aportes a realizar, así como sus cronogramas de desembolso, algo que garantiza el rápido inicio del proceso inversionista.

De igual forma, se suprime de los documentos a presentar, junto con el expediente al Mincex, el estudio de impacto ambiental y la compatibilización con los intereses de la defensa, ya que estos se exigen en otra fase del proceso por los organismos competentes que integran la Comisión evaluadora.

Posteriormente, informó, se publicará en Gaceta el Reglamento concordado para facilitar su comprensión y aplicación por los usuarios.

Respecto a las Resoluciones, Rivas Saavedra puntualizó que la No. 206 incorpora modificaciones para acortar plazos en la evaluación y aprobación de los negocios, mientras que la No. 207 fue ajustada a las normas internacionales de presentación de la información técnico-económica.

Esta última disposición explicita a los inversionistas y consultoras cómo realizar la evaluación técnico-económica de los proyectos por modalidad, incorpora indicadores específicos por sectores y simplifica el número de tablas a presentar para la evaluación, sin omitir elementos esenciales para la toma de decisiones por los inversores.

La norma aún vigente, reconoció, «era muy abundante en lo que queríamos, pero no en cómo hacerlo. La nueva medida constituye, prácticamente, un manual metodológico».

Yudelvis Álvarez Fonseca, directora jurídica del MTSS, abundó en aspectos distintivos de la Resolución No. 14, del 2018, la cual resuelve algunas dificultades surgidas durante la aplicación de la No. 16, del 2014.

Como parte de las adecuaciones fundamentales, dispone lo relacionado con el Reglamento Disciplinario Interno y la solución de los conflictos de trabajo; especifica la normativa que se aplica en los Contratos de Asociación Económica Internacional; e incluye la indemnización de la empresa a la empleadora cuando se produce una interrupción laboral, o por otras causales pactadas en el contrato de suministro de fuerza de trabajo.

Todas estas normas, reiteró Déborah Rivas, que continúan siendo complementarias a la Ley No. 118, pretenden hacer más flexibles los procedimientos de evaluación y aprobación de las oportunidades de negocio, así como dotar a consultoras e inversionistas, y a todos los involucrados en estas dinámicas, de herramientas para realizar de modo más expedito sus estudios y análisis.

Se trata de viabilizar el camino, de allanarlo en pos de mayor agilidad, pero ello no debe obviar la responsabilidad compartida en aras de capacitar mejor a los grupos negociadores, corregir contratiempos organizativos, sortear las limitaciones de la dualidad monetaria y el bloqueo y, sobre todo, aguzar la proactividad en la captación de capital extranjero para convertirlo en ese «elemento fundamental» que precisamos.

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