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¿Cómo la Fiscalía defiende los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes?

¿Cómo la Fiscalía defiende los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes?

Cuba ha logrado avances significativos en la compleja tarea de crear las condiciones sociales, materiales y jurídicas que propicien la realización, protección y disfrute de los derechos de sus niños, niñas y adolescentes, a pesar de la difícil situación de bloqueo a la que nos enfrentamos, desde hace más de 60 años, comentó a Granma Yurien Castillo Hernández, fiscal jefe del Departamento de Protección de la Familia, de la Fiscalía General de la República (FGR).

Desde el triunfo de la Revolución en 1959, afirmó, existe una permanente voluntad del Estado y del Gobierno por la protección integral de la infancia y ello, a su vez, tiene expresión en la puesta en práctica de políticas sociales concretas, encaminadas a garantizar que los niños tengan asegurado el ejercicio y la protección de todos los derechos desde su nacimiento.

La Ley de la Fiscalía dispone, entre las funciones de los fiscales, representar y defender a los menores de edad que, por cualquier causa, queden en situación de desamparo o ausentes de representante legal, hasta que se les provea de tutores, representantes o encargados del cuidado de su persona y de la defensa de sus bienes y derechos, puntualizó la fiscal Castillo Hernández.

También les encomienda, dijo, comprobar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y otras disposiciones sobre el tratamiento a menores de edad acogidos en instituciones asistenciales –como hogares para niños sin amparo familiar– y de los que presentan trastornos de conducta o cometen hechos previstos en la Ley como delitos. Precisó que, para esta misión, existen fiscales designados en cada una de las sedes radicadas en los municipios y provincias del país.

Por otra parte, y según establece la Resolución No. 33/2016, se creó en la FGR la Dirección de Protección de la Familia y Asuntos Jurisdiccionales, entre cuyos objetivos está potenciar aún más la atención de las problemáticas que puedan afectar a las familias y ofrecer una atención especializada a sectores vulnerables, fundamentalmente niños y adolescentes.

Su constitución, argumentó la Fiscal Jefe del Departamento de Protección de la Familia de la FGR, se fundamenta en el perfeccionamiento de las funciones relacionadas con la protección de los derechos de todas las personas, de manera particular los menores de edad, las mujeres y los ancianos, para garantizar el cumplimiento con eficiencia de las funciones de la Fiscalía sobre protección de los derechos ciudadanos.

UNA MIRADA ESPECIAL A LOS MENORES SIN AMPARO FAMILIAR

«El interés superior del niño que propugna la Convención sobre los Derechos del Niño, llevado al Artículo 86 de la Constitución de la República, es tomado en consideración en cada una de las acciones que desarrolla la Fiscalía para el cumplimiento de sus funciones».

Destacó que los fiscales asisten sistemáticamente a los hogares e instituciones dedicadas a la tutela, atención y educación de menores de edad sin amparo familiar, para conocer su situación legal y cuidar y exigir por la protección de sus derechos, bienes e intereses.

Asimismo, se verifica el cumplimiento de los principios constitucionales y las normas vigentes que regulan el funcionamiento de estos centros; además de realizar labor de prevención social con trabajadores y familiares, subrayó.

«En función de la protección de los derechos de estos niños y jóvenes acogidos, el fiscal colabora con la situación de cada uno de ellos, comprueba los trámites y procesos judiciales que en el orden legal requieren para el ejercicio de estos, así como aquellos que son necesarios para lograr su reinserción familiar».

Ejemplo de ello, resaltó, son las acciones que desarrollan para comprobar su atención médica, educativa y la comunicación con sus representantes legales, teniendo en cuenta que pueden ser diversos los motivos de su ingreso en estos centros.

Puede ocurrir que los padres estén fallecidos y no exista otro familiar con condiciones para acogerlos; o que los progenitores padezcan alguna enfermedad mental o de otra índole que no les permite la atención directa; o que extingan sanciones privativas de libertad, acotó.

En otros casos, se debe a graves incumplimientos de sus obligaciones para con los menores hijos, en cuyo caso, los fiscales realizan las investigaciones necesarias para la promoción de procesos de suspensión o privación de los derechos paterno filiales, lo que posteriormente posibilita la adopción o tutela por familias con interés y condiciones para acogerlos, brindarles amor y cariño, sostuvo.

«Ante violaciones de lo legalmente establecido, el fiscal se pronuncia para el restablecimiento de la legalidad, y en ese sentido colabora con la rápida solución de las problemáticas que se identifican, incluidas las acciones que se ejecutan para garantizar el egreso de los jóvenes que arriban a su mayoría de edad, con vistas a que se les provea de los medios materiales para la satisfacción de sus necesidades y su independencia social y económica».

A su juicio, estas visitas son un espacio propicio para abordar, desde una óptica preventiva y de educación jurídica de niños y trabajadores, los derechos y garantías que las diferentes leyes y convenciones establecen en función de la adecuada formación, desarrollo y preparación para el futuro.

OTRAS FUNCIONES EN UN PROPÓSITO COMÚN

En relación con la protección de los derechos de los menores de edad, la actividad de la Fiscalía no solo se remite al ámbito administrativo, aclaró la fiscal Castillo Hernández.

Por disposición de la Ley, los fiscales también ejercitan acciones y ejercen la representación procesal ante los tribunales, en una amplia gama de asuntos civiles y de familia; en estos, representan y defienden a niños y adolescentes hasta que se les provea de tutores, representantes o encargados del cuidado de su persona y la defensa de sus bienes y derechos, indicó.

De igual forma, refirió, la FGR es requerida para emitir su dictamen en todo expediente de adopción y en los que se presentan alegando causas de utilidad y necesidad, con la pretensión de disponer de los bienes propiedad de infantes. «También es parte demandada en los procesos relativos al reclamo de su filiación o la impugnación de su reconocimiento y en los que se discute acerca de su guarda y cuidado y el régimen de comunicación con sus padres».

Está legitimada, igualmente, para participar en los procesos de privación o suspensión de la patria potestad que se presentan a instancia de uno de los padres contra el otro; en tanto, le corresponde el ejercicio de la acción necesaria para la constitución de la tutela, cuando legalmente proceda, con el propósito de garantizar la guarda y cuidado, educación y defensa de los derechos y la protección de los intereses patrimoniales de los menores, expresó.

Respecto a los procesos vinculados al Derecho de Familia, la Fiscal Jefe afirmó que los fiscales aportan elementos importantes para el tribunal, con el objetivo de que prevalezca en su decisión lo que resulte más favorable a los intereses del niño o del adolescente.

«Esta forma de actuación se mantiene y amplía a partir de la puesta en vigor del nuevo Código de Procesos, en el que se perfecciona la forma de escuchar a los infantes, en las cuestiones que les competen y en correspondencia con su edad y madurez; así como la manera de conducir los asuntos, evaluar y adoptar las decisiones, siempre en función de su interés superior».

Por otra parte, la protección a los niños que resultan ser víctimas de delitos o sufran desatención de sus padres o tutores, es parte del accionar de los fiscales, a los que corresponde profundizar en las causas de estos fenómenos, controlar las investigaciones penales que se inicien, así como sostener la acusación ante los tribunales, aseveró.

Durante la tramitación de estos procesos penales –continuó– se efectúan intercambios con los representantes legales de los menores víctimas o de los familiares que los atienden, para informarlos sobre las características del proceso al que se enfrentan, las decisiones que se van adoptando, y se ventilan inconformidades, en función de minimizar los efectos en los infantes.

Recordó que para la formulación de denuncias, quejas o peticiones, la Fiscalía General de la República garantiza que los ciudadanos cuenten con todas las garantías, y con esos fines, se activó desde 2014 una línea telefónica disponible las 24 horas del día, para atender a personas desde cualquier lugar del territorio nacional.

Otra de las vías implementadas son la atención personal, el correo postal y electrónico, la entrega personal de escritos, el buzón, el portal web, los perfiles de la institución en Facebook y Twitter, otras redes sociales y la plataforma Bienestar. A ello, concluyó, se suma la información que se recibe en la interacción del órgano con los organismos que integran los grupos de Prevención Social a los distintos niveles.

Fuente: Granma

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