Nionalizaciones en Cuba; un proceso legítimo

En violación flagrante del Derecho Internacional, muestra de la arrogancia imperial y el total menosprecio a los demás países del mundo, el engendro de la Ley Helms Burton insiste en utilizar los términos «propiedades confiscadas» y «bienes confiscados».

Sobre el tema, reflexionaba recientemente en encuentro con diputados el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del Parlamento, José Luis Toledo, quien explicó lo errado y absurdo de confundir esas palabras con las nacionalizaciones que vivió Cuba tras el triunfo revolucionario.

Como actos de Estado, las nacionalizaciones responden al carácter soberano del mismo y constituyen actos de reivindicación económica en beneficio del pueblo, subrayó.

José Luis Toledo remarcó la legitimidad de ese proceso, sustentado en las leyes cubanas, la Constitución de 1940 y el Derecho Internacional.

Con la Ley Helms-Burton, no nos entendemos

Las nacionalizaciones llevaron consigo una indemnización, escenario que Cuba cumplió con otros países y nunca se negó a respetar con Estados Unidos, pero que su gobierno descartó negociar trazando así un camino de hostilidad creciente.

Ante ese panorama, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del Parlamento, José Luis Toledo, insiste entonces en bajo qué orden legal se le reconoce a Washington el derecho de que sus tribunales conozcan y se pronuncien contra actos soberanos de otro Estado, y contra nacionales de terceros países.

No hay duda que la Ley Helms-Burton descansa sobre mentiras, una de ellas sustentada en la idea de que las nacionalizaciones fueron ilegítimas o indebidas.

Ante ese engendro, no puede ser otra la respuesta que aquella misma que diera Maceo al responder al documento claudicador del Pacto del Zanjón: No nos entendemos.

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