
No hay manera sencilla de enfrentar ni relatar un juicio. Aquí gravitan, en medio de la solemnidad de una sala, vidas de personas y familias, hechos graves o leves, y las leyes y procedimientos que establece la justicia.
Todo está bien dispuesto. Sobre la mesa del tribunal, en la parte delantera del local, descansa un cúmulo de documentos que resumen lo acontecido. Las pruebas aportadas por la Fiscalía y la defensa, sus informes, la investigación de los hechos, las declaraciones de los acusados.
Frente a frente se miran a los ojos la representación de la Fiscalía y los abogados defensores. La secretaria toma rauda y veloz lo que se dice y, muy cerca, como para que no se escape el más mínimo detalle, está la pequeña baranda desde donde harán uso de la palabra testigos y acusados.
Del otro lado, sentados y dispuestos en dos filas separadas por un pequeño pasillo imaginario, las familias y los acusados. Se hace silencio, son las diez de la mañana y va a comenzar el juicio.
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El 13 de julio del 2021, una nota de prensa del Ministerio del Interior daba a conocer que, un día antes, y como había ocurrido en otros puntos de la geografía cubana, se habían producido hechos vandálicos en La Güinera.
Ubicada en el municipio de Arroyo Naranjo, en La Habana, en esta localidad “elementos antisociales y delincuenciales (…) alteraron el orden e intentaron dirigirse hacia la estación de la Policía Nacional Revolucionaria del territorio, con el objetivo de agredir a sus efectivos y dañar la instalación”.
La nota señalaba que “los manifestantes, a su paso, fueron interceptados por fuerzas del Ministerio del Interior y la población, y en su intento por evadir la actuación vandalizaron viviendas, incendiaron contenedores y afectaron el tendido eléctrico; al tiempo que agredieron con armas blancas, piedras y objetos contundentes a los agentes y civiles en el lugar”.
Durante el proceso de investigación, un acusado admitió haber recibido una comunicación desde el exterior anunciándole lo que ocurriría e instándole a incorporarse; otro contó que le prometieron 1 500 CUP si participaba en las protestas.
En ese aciago día, en el desarrollo de esa alteración tumultuaria del orden público, falleció el ciudadano Diubis Laurencio Tejeda, de 36 años de edad, residente en Arroyo Naranjo y con antecedentes por desacato, hurto y alteración del orden, por lo cual había cumplido sanción.
Es el segundo día del juicio. Han pasado 24 horas desde que, por primera vez, 23 acusados y sus 14 abogados coincidieron en un mismo salón. Tras los nasobucos impuestos por la pandemia se esconden varios rostros. Algunos, jóvenes; otros, no tanto. Todos están acompañados por sus familias.
“¡Sala de pie!”, se escucha.
Y todo vuelve a ser silencio. Una relatoría de lo sucedido el día anterior es presentada desde el estrado. Declaración de acusados, pruebas documentales, periciales y otras declaraciones (de los testigos de la defensa y de la Fiscalía) se escuchan en apretada síntesis para dar paso a la nueva jornada.
Entra la primera testigo.
–¿Es usted amiga, enemiga o familiar de alguno de los acusados?
–Soy del CDR.
–Comparece en este acto en condición de testigo, obligada a decir la verdad de todo cuanto sepa o se le pregunte, o de lo contrario incurriría en el delito de perjurio, ¿entendido?
–Sí.
–Testigo, ¿hace cuánto tiempo usted conoce al acusado y cómo ha sido su conducta?
–Tres años y con anterioridad tenía buena conducta.
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Algunos de los hechos “más agresivos, violentos y dañinos”, que ocurrieron durante el 11 y 12 de julio pasados, están siendo juzgados por los órganos de justicia cubanos.
Lisnay María Mederos Torres, fiscal jefe de la Dirección de Procesos Penales de la Fiscalía General de la República, explica que en las investigaciones realizadas se obtuvo el material probatorio sobre “los actos de promoción, organización y ejecución directa de hechos que la ley penal tipifica como delitos, y que pusieron en grave riesgo la estabilidad de la nación”.
Afirma que “para Cuba, como para cualquier otro país, en las severas condiciones en que enfrentaba la pandemia y sus consecuencias, es de entender perfectamente la gravedad de los hechos ocurridos y la necesidad de aplicar consecuentemente las leyes penales”.
Según Mederos Torres, ya concluyeron los procesos competencia de los tribunales municipales populares por delitos sancionables hasta un año de privación de libertad o multa hasta 300 cuotas o ambas. Se trata, fundamentalmente, de delitos “que afectaron el orden y la tranquilidad ciudadana, en los que predominan los desórdenes públicos”.
Sobre los hechos graves y de mayor connotación, informa que casi la totalidad de los procesos están presentados a los tribunales.
“Las diligencias se practicaron bajo el control de la Fiscalía por instructores de los órganos de investigación criminal, con amplia participación desde un inicio de los abogados defensores, quienes aportaron pruebas y tuvieron acceso a las actuaciones. Los imputados de los hechos antes referidos fueron asegurados con medidas cautelares de fianzas y reclusión domiciliaria. En los casos de los autores directos de hechos vandálicos y de mayor connotación, se mantienen en prisión provisional”, dice.
Las pruebas determinaron la participación en hechos que tipifican delitos de desórdenes públicos, instigación a delinquir, daños, robo con fuerza, robo con violencia, atentado y sedición, entre otros.
Para este último tipo penal, “que tiene marcos sancionadores elevados”, la Fiscalía tuvo en cuenta que los acusados actuaron con extrema violencia, organizaron las alteraciones del orden público, acordaron expresa o tácitamente irrespetar las instituciones oficiales comprometidas con garantizar la seguridad y tranquilidad ciudadana, en particular las personas y bienes que representan o pertenecen a los órganos locales del Poder Popular y el MININT.
La fiscal jefe de la Dirección de Procesos Penales de la Fiscalía General de la República señala que “utilizaron lenguaje grosero y ofensivo para incitar a la violencia, lanzaron objetos cortantes, contundentes o incendiarios contra bienes públicos; arrasaron y destruyeron lo que encontraron a su paso”.
Es por ello –añade– que las sanciones interesadas por la Fiscalía son severas, en correspondencia con el daño a los bienes jurídicos que tutela el Código Penal, teniendo en cuenta la responsabilidad individual y las circunstancias concurrentes y, dentro de ellas, las agravantes de la responsabilidad penal.
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Los procesos presentados a los tribunales ahora son los de mayor gravedad y carácter violento, en los que fueron víctimas funcionarios públicos, trabajadores en varias provincias, continúa explicando la fiscal Mederos Torres.
Cubadebate revela nuevos detalles de los hechos ocurridos el 11 y 12 de julio en el país.
En todo el país fueron agredidos y saqueados más de 40 establecimientos comerciales.
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Ha transcurrido casi una hora. Terminaron las pruebas testificales. La fiscal se levanta y expresa sus conclusiones acusatorias. Luego, cada defensor toma la palabra y manifiesta su alegato.
Manuel Alonso, abogado de uno de los acusados, no está de acuerdo con las pruebas presentadas por la Fiscalía. Con tono respetuoso, expone ante el tribunal su tesis, y alega que las evidencias aportadas por el órgano acusador no son probatorias y pide la absolución de su representado. Minutos más tarde, en un breve receso, responde a Cubadebate.
A su juicio, ¿se ha respetado el principio del debido proceso?
–El debido proceso se ha respetado desde el inicio, en el sentido de que se nos ha permitido ejercer nuestro derecho a la defensa en todo momento. Se nos ha dado la posibilidad de entrevistarlos y de aportar pruebas, hacer las conclusiones y la defensa en el juicio oral sin ninguna vulneración de este principio. Hasta ahora no he recibido ninguna queja de mi cliente sobre este tema.
“Él fue el único en el acto del juicio oral que modificó su declaración, haciendo uso del derecho que le concede la ley y, por tanto, nosotros tuvimos que modificar nuestra tesis de defensa”.
¿Cómo ha sido la relación con la familia del acusado?
–Tuve la suerte de encontrar una familia preocupada, sobre todo la esposa, quien ha estado más al tanto del proceso. Ella fue quien hizo el contrato y con la que hemos estado en comunicación en todo momento. Es la que lo acompaña en el juicio oral.
¿La gravedad de los hechos ha incidido en que no se haya procedido de manera correcta al juzgar su acusado?
–Ninguno de los abogados que estamos en este proceso imaginamos estar inmersos alguna vez en algo así. Estos son los tipos de delitos que uno estudia en la carrera, pero uno no se imagina tener que defenderlos o ser parte de un proceso como este.
“No creemos que esa que Ud. menciona haya sido una causa que haya hecho modificar o tratar de otra manera la tramitación del proceso. Sinceramente, ha tenido una carga mediática, pero eso no ha influido en mi trabajo como abogado defensor. Hemos hecho todo lo que ha estado en nuestras manos para defender a nuestros clientes sin ninguna vulneración o intermediación, defendiendo sus derechos como es debido”.
¿Por qué rechaza usted las acusaciones de la Fiscalía?
–Es nuestra función. Cuando estamos en contra, impugnamos o rechazamos alguna prueba. La ley nos da el derecho de impugnar y de presentar pruebas diferentes. En mi caso, vengo impugnando todas las pruebas de la Fiscalía porque mi cliente está negando la participación en los hechos. Es el único de los acusados reunidos aquí que niega su participación, por eso impugno las pruebas presentadas por la Fiscalía y le corresponderá al tribunal valorar si le asiste razón a la defensa o la Fiscalía.
¿Ha podido dialogar con el acusado?
–Varias veces. Como este proceso se inició el año pasado, tuve contacto con él a los siete días, y en el resto del proceso he tenido acceso sin problemas en la prisión donde se encuentra, cada vez que él lo ha necesitado. La familia me decía, ‘mire abogado, Harold quiere hablar contigo’. Y durante el juicio también ha sido así.
¿Tiene alguna queja o reclamación?
–No tengo quejas ni reclamaciones. De haberlas tenido, los que me conocen saben que lo hubiera dicho desde el momento en que hubiera existido algún problema. Solo queda esperar por el fallo del tribunal. Si es condenatorio, se establecerá el recurso de casación legalmente establecido; si es absolutorio, estaría feliz como abogado de que haya ocurrido así.
Y usted, ¿Qué espera cómo abogado?
–Racionalidad. Quiero que, si el tribunal los declara culpables, lo haga con racionalidad.
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Para la fiscal jefe de la Dirección de Procesos Penales de la Fiscalía General de la República, las normas penales deben ser respetadas estricta e inexorablemente por todos los ciudadanos, organismos del Estado, entidades económicas y sociales.
“La declaración del Artículo 1 dela Constitución, de que Cuba es un Estado socialista de derecho y justicia social, reafirma el principio de supremacía constitucional e imperio de la ley, y refuerza la institucionalidad socialista”, afirma.
En consonancia con ello –añade–, “es una premisa obligatoria la observancia de las garantías del debido proceso y los principios que lo informan, lo que lleva a la Fiscalía a controlar minuciosamente la legalidad en el curso de las investigaciones”, lo cual está conforme con sus funciones constitucionalmente establecidas.

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