Inmersa la ONAT en Guantánamo en reordenamiento de sus servicios

 Inmersa la en Guantánamo en reordenamiento de sus serviciosGuantánamo.- Nuevos retos se plantean los trabajadores de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) en Guantánamo, a tono con la reapertura de un grupo de licencias para el trabajo por cuenta propia y las adecuaciones tributarias recogidas en las Gacetas Oficiales No. 35 y 77.

Arelis Torreblanca Hodelín, jefa del Departamento de Atención al Contribuyente en la ONAT en el territorio, explicó que el reordenamiento, que incluye actividades como el transporte, ha exigido que las oficinas en la provincia tracen estrategias organizativas para asumir el procesamiento de las informaciones necesarias.

Informó además que hasta la fecha se han atendido más de mil 200 personas naturales, de ellos 284 tipifican como nuevas inscripciones, que por demás incluyen a las actividades que en periodos anteriores estaban suspendidas, mientras que 701 han transitado para realizar el proceso de reinscripción, lo cual representa el 5.00 % del total de los inscriptos en el registro de contribuyentes.

Torreblanca significó que los cuentapropistas serán convocados para estos trámites de acuerdo al cronograma de los órganos rectores y de las oficinas tributarias de cada municipio.

Como parte del perfeccionamiento y el mejoramiento de la gestión y control de los aportes al Presupuesto del Estado por las personas naturales, y en particular por los trabajadores por cuenta propia, se aprobó disponer la operatoria de las cuentas con un efecto fiscal, por su vínculo con las administraciones financiera y tributaria del país; de lo que deriva la denominación de cuenta bancaria fiscal.

Solvisión comparte con sus lectores otros detalles ofrecidos por Arelis Torreblanca Hodelín, jefa del Departamento de Atención al Contribuyente en la ONAT  : 

La Resolución No. 904 del año 2018, del Ministerio de Finanzas y Precios, establece la obligatoriedad de abrir y operar una Cuenta Bancaria Fiscal por los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades: 

  1. Servicio gastronómico en restaurantes.
  2. Servicio gastronómico en cafetería.
  3. Servicio de bar y recreación.
  4. Arrendador de vivienda, habitaciones y espacios.
  5. Servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles.
  6. Transporte de pasajeros con medio automotor desde 4 hasta 14 pasajeros en la provincia de La Habana. 

La cuenta bancaria fiscal es una cuenta corriente bancaria de una persona natural autorizada a ejercer el trabajo por cuenta propia que, a los efectos del control de las operaciones tributarias, tiene términos, límites, alcance y condiciones dispuestos en la mencionada Resolución. 

La cuenta bancaria fiscal se abre por el trabajador por cuenta propia que ejerce la actividad autorizada. Dispone de un término de 30 días naturales para abrirla o declararla después de concurrir a la ONAT del municipio donde está inscripto como contribuyente. La ONAT le requerirá el cumplimiento de esta obligación, mediante documento oficial. 

La misma debe operar con un saldo mínimo que debe cubrir en un término de 90 días naturales contados desde el día en que fue requerido por la ONAT. Este saldo se puede cubrir en uno o varios depósitos dentro del término señalado. 

La cuenta bancaria fiscal es en CUP. Adicionalmente, el contribuyente   que reciba pagos a una cuenta corriente que tiene abierta en pesos convertibles, CUC, la declara a la ONAT y la constituye también en cuenta bancaria fiscal, pero no se le exige el requisito del saldo mínimo de operación. 

La cuenta bancaria fiscal se debe abrir en una sucursal del Banco de Crédito y Comercio, Banco Popular de Ahorro o Banco Metropolitano, radicada en el municipio del domicilio fiscal del contribuyente, o sea, en el municipio donde está inscripto en la ONAT. 

El titular de la cuenta bancaria fiscal puede facultar a otra persona natural mediante poder notarial para actuar como firma autorizada de la cuenta. También puede autorizar bajo su responsabilidad, a otra persona natural sin poder notarial, para realizar depósitos en su cuenta, así como a entregar y recibir documentos relacionados con esta. 

Para abrir la cuenta bancaria fiscal debe presentar los documentos siguientes: 

  1. Documento de Identidad.
  2. Documento oficial que autorice a la persona natural para ejercer la actividad por cuenta propia.
  3. Carné de contribuyente, que entrega la ONAT, en el que consta el Número de Identificación Tributaria (NIT). 

Entre las ventajas de la apertura de la cuenta bancaria fiscal se encuentran: 

  • Ayuda a administrar las finanzas.
  • Realizar ágilmente las operaciones de cobros y pagos.
  • Seguridad en la custodia de los recursos generados por el negocio.
  • Pagar los tributos.
  • Amortizar los créditos recibidos.

La cuenta bancaria fiscal puede operar con chequera o tarjeta de magnética, debiendo el titular solicitar cualquiera de estos servicios al Banco. 

La tarjeta magnética tiene como beneficio adicional que puede ser utilizada para operar en los cajeros automáticos y en las terminales de los puntos de ventas de comercios o bancos, lo que posibilita: 

  • Realizar extracciones en cualquier cajero automático instalado en el territorio nacional con independencia del Banco a que pertenezca.
  • Realizar operaciones durante las 24 horas del día y todos los días del año.
  • Comprar bienes y realizar el pago de servicios en la red nacional de comercios en divisas.
  • Realizar el pago de servicios telefónicos, de electricidad, entre otros. 

En la cuenta bancaria fiscal se depositarán los ingresos obtenidos por la actividad económica que tiene autorizada el trabajador por cuenta propia. 

Desde la cuenta bancaria fiscal el contribuyente debe pagar los impuestos, contribuciones, tasas, gastos derivados de las actividades autorizadas a ejercer mediante el trabajo por cuenta propia como compra de insumos, servicios de electricidad, teléfono, gas, agua y otros, así como los créditos solicitados otorgados por el banco para su negocio. 

La cuenta bancaria fiscal, como cualquier cuenta corriente, no genera gastos financieros por comisiones bancarias a su titular; tampoco genera intereses bancarios. 

Los depósitos en la cuenta bancaria fiscal se realizan con la frecuencia que cada titular determine, siempre que cumplimente los requisitos y términos siguientes: 

  • Mantener un saldo mínimo de 2 cuotas mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Personales al que está obligado el titular por la actividad por cuenta propia que realiza.
  • Depositar todos los ingresos de la actividad, con excepción de un fondo de efectivo para pagos de menor cuantía o de imprevistos, por importe de hasta un 35% de los ingresos depositados el mes anterior. 

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo No. 2 de la  Resolución No. 11/2018, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, como quedó modificado mediante la Resolución No. 24/18, del propio Organismo, el trabajador por cuenta propia puede ser autorizado a ejercer más de una actividad, siempre que cumpla lo regulado a tales efectos.

En este sentido, puede ocurrir que un mismo contribuyente ejerza más de una actividad de las relacionadas anteriormente, o que ejerza alguna o varias de las previstas en esa relación y además, otras del resto de las concebidas a ejercer por cuenta propia.

Se establecieron en los territorios las condiciones en las áreas de atención para ofrecer un servicio adecuado, que asegura también la prestación los días sabatinos, incluye asientos, luminarias,entre otros, para lograr que el trabajo fluya de forma correcta y se mantenga la operatividad de todos los procesos de la Oficina. Se habilitaron los murales del Contribuyente y se ubicó en todos los municipios un servicio de asistencia relativo a todos los tramites tributarios a través de imagen visual televisada nombrado SITv ONAT que se les incluyó lo concerniente al proceso de perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia. Los horarios de atención al público son valorados y extendidos según las características de los territorios.

En apenas unos días comenzará un nuevo periodo de la campaña de declaración y pago de tributos 2019, en función de ello la ONAT en Guantánamo se prepara haciendo entrega de la documentación fiscal del año próximo, que incluye el modelo de declaración jurada del impuesto sobre los ingresos personales a presentar dentro del término del 30 de abril.

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